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septiembre 9, 2026

Hasta hace un tiempo, memorias habituales como fotografías, grabaciones de audio o video e inclusive documentos funcionaban como archivos inmaculados que, al ser aportados en procesos judiciales, se discutía su contexto más no su autenticad o existencia. La evaluación probatoria, partía de una presunción razonable que desapareció con los avances tecnológicos. La incorporación de la Inteligencia Artificial desafía la base sobre la cual surgió el derecho probatorio y lo enfrente a escenarios de falsificación de elementos probatorios.
Si bien, la inteligencia artificial se concibió como un apoyo al análisis de datos, la optimización de procesos administrativos y la predicción de riesgos o escenarios, se ha evidenciado que la inteligencia artificial generativa ha tenido un enfoque diferente y ha derivado en alteraciones, contaminación de la verdad probatoria a través de la creación de contenidos ficticios, simulaciones de voces, rostros o generación de documentos que, al ser divulgados deja entredicho su verdadera ocurrencia y legitimidad. Altera la realidad.
Estas circunstancias se convierten en el nuevo reto del Derecho Procesal y la administración de justicia. Ya no es suficiente tomar un hecho como demostrado a través de una memoria, ahora es necesario enfocarse en demostrar que esa memoria es acorde con la realidad. Que esa evidencia aportada como prueba, no fue fabricada. La autenticidad que un día se daba por sentada, hoy se convierte en un bosque oscuro por recorrer.
Escenarios regulatorios como la Unión Europa con la implementación de la Ley de la IA, abordan estos aspectos exigiendo supervisión humana, pero esto no constituye una garantía fiable, sino que, con las mejores de los sistemas predictivos, será necesaria mayor supervisión del algoritmo. La supervisión humana se transforma en una formalidad operativa.
Además, tenemos que el Reglamento (UE) 2024/1689, en vigor desde el 1 de agosto de 2024, establece en el articulo 50 las obligaciones de transparencia (adoptando un marcado en formato legible por máquina del contenido generado por IA y la identificación clara de los deepfakes), que entraron en aplicación el pasado 2 de agosto de 2026. En la misma vía, está el borrador del Código de Buenas Prácticas sobre mercado y etiquetado publicado el 17 de diciembre de 2025 por la Comisión Europea. Instrumentos que no solucionan el problema ante el escenario judicial, pero que permiten advertir una tendencia normativa que introduce una exigencia jurídica materializada en la identificación o trazabilidad del origen sintético del contenido.
Ahora, en administración de justicia ya se están viendo las primeras decisiones que involucra la inteligencia artificial generativa. En el caso State of Washington v. Puloka (King County Superior Court, juez Leroy McCullough, abril 2024), la defensa intentó incorporar un video que originalmente era breve, borroso y de muy baja resolución, por lo que la defensa quiso mejorarlo haciendo uso de una IA especializada. Sin embargo, la decisión judicial se orientó a excluir esa versión mejorada porque la herramienta carecía de aceptación por la comunidad científica forense y no se consideró que no se limitó a revelar lo que ya estaba ahí, agregaba pixeles, reconstruía imágenes y esto daba la apariencia de crear una nueva prueba, dificultando su evaluación por el jurado.
Situación similar se presentó en el caso Mendones v. Cushman & Wakefield, Inc. (Superior Court of California, Alameda County, sentencia de 9 de septiembre de 2025), cuando la defensa aportó videos como declaración de un testigo. Frente a lo cual, la jueza advirtió que el rostro de la testigo se veía rígido, los gestos parecían repetitivos y había cortes que afectaban la fluidez de la declaración. Estos detalles permitieron concluir que el material de audio y video fue confeccionado mediante uso de IA Generativa y dio como resultado, la exclusión de este elemento probatorio. El caso finalmente fue desestimado y se impuso sanciones por el empleo de deepfake.
Estos casos no han sido ajenos a Latinoamérica. En 2025, en Argentina se popularizó un caso en el un estudiante de la Escuela Superior de Comercio Manuel Belgrano (UNC), por crear mediante fase-swapping y difundir imágenes y videos con contenido intimo falso, en los que superpuso los rostros de compañeros en la institución sobre material preexistente divulgado en internet. El caso trascendió de lo tecnológico a un asunto penal al existir un daño, responsabilidad y una afectación a la dignidad e intimidad de los afectados y la institución educativa.
Estas tendencias se incorporados en decisiones nacionales. Recientemente, la Corte Constitucional Colombiana mediante la sentencia T-323 de 2024, al referirse al uso de ChatGPT por parte de un juez nacional, adoptó principios que transcienden al caso en concreto y sientan un precedente judicial. Estos principios se estructuran en transparencia, supervisión humana, responsabilidad, verificación seria y no sustitución del razonamiento humano. Esta lógica de no confiar en lo que produce un algoritmo, se anticipa al problema probatorio que. Deberá afrontar la administración de justicia. Es necesario aprender a verificar la evidencia digital que presentan las partes y cuestionar su procedencia.
Es evidente que la Inteligencia Artificial no supone una amenaza por su capacidad de ayuda, sino que, sin controles adecuados, terminarían alterando las condiciones mínimas de confianza o certeza sobre las cuales se ha estructurado las técnicas de valoración probatoria. La justicia ya no puedo confiar en la autenticidad de la prueba aportada, sino que debe cuestionar la legitimidad de cada elemento probatorio y cuestionar su fundamento.
Es así, como la incidencia de la Inteligencia Artificial no se enfoca en reemplazar abogados, ni automatizar algunas actuaciones, sino que se enfoca en obligarnos a reconstruir o adoptar nuevos criterios de evaluación probatoria. Es necesario que aprendamos o nos adaptemos a demostrar lo que antes simplemente se presumía cierto y enfocarnos en construir mecanismos de verificación y determinación de la autenticidad.
Gracias a la inteligencia artificial debemos recordar la inteligencia y memoria natural.
Elaborado por: Enrique Buelvas.
Miembro de la Red Juvenil de Arbitraje CAC-CCB.